29/03/2017
La Red de Cooperación para la Protección de los Consumidores que integra autoridades y organizaciones de protección de los consumidores de la UE ha adoptado este mes de Marzo de 2017 una posición común, auspiciada por la Comisión Europea, sobre la protección de los consumidores en redes sociales, tras recibir un creciente número de denuncias de consumidores que han sido víctimas de fraude o estafa al utilizar estas redes.
Sobre esta base, las autoridades de protección de los consumidores de la UE, bajo el liderazgo de su homónima francesa y con el apoyo de la Comisión Europea, remitieron una carta a Facebook, Twitter y Google+ el pasado mes de noviembre de 2016 en la que les pedían que abordasen estos ámbitos de preocupación. En Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas en telecomunicaciones, no es extraño recibir consultas y solicitudes de asesoramiento jurídico por parte de usuarios de la redes sociales que han sido víctimas de fraudes o estafas, o que han visto vulnerados sus derechos en ese ámbito.
En efecto, la normativa de la UE de protección al consumidor considera abusivas, y por consiguiente, carentes de validez, las cláusulas que no se hayan negociado individualmente y creen un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes, en detrimento del consumidor. La Directiva exige también que las cláusulas se redacten de forma clara y comprensible, a fin de que los consumidores sean informados de forma inequívoca e inteligible sobre sus derechos. Esta situación, el desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, no es exclusivo de las redes sociales, por lo que el asesoramiento jurídico en telecomunicaciones y servicios de la economía digital, tanto en el momento de la contratación como ante posibles reclamaciones posteriores a la contratación del servicio se hace imprescindible para contar con la adecuada defensa legal, evitando así, o defendiéndose según el caso, de las estafas o fraudes que pueden darse en algunos sectores con poco control como el de las redes sociales.
En la práctica, esto significa en particular, que:
- las redes sociales no pueden privar a los consumidores de su derecho de acudir a los tribunales de su Estado miembro de residencia;
- las redes sociales no pueden exigir que los consumidores renuncien a derechos imperativos, como su derecho a cancelar una compra realizada en línea;
- las condiciones de utilización no pueden limitar o excluir totalmente la responsabilidad de las redes sociales respecto de la prestación del servicio;
- los contenidos patrocinados no puedan ocultarse, sino que siempre deben poder ser identificados como tales;
- las redes sociales no pueden modificar unilateralmente las cláusulas y condiciones de uso del servicio, sin informar claramente a los consumidores sobre la justificación de dicha modificación y sin darles la posibilidad de rescindir el contrato respetando un plazo de preaviso adecuado;
- las condiciones de utilización no pueden otorgar poderes ilimitados y discrecionales a los operadores de redes sociales sobre la supresión de los contenidos;
- la rescisión de un contrato por parte de los operadores de redes sociales debe regirse por normas claras y no debe poderse decidir de forma unilateral y sin motivo.
Por otra parte, los operadores de redes sociales deben, tan pronto como tengan conocimiento de ello, eliminar los posibles fraudes o estafas. Para ello, las autoridades nacionales de protección de los consumidores deben tener un canal de comunicación directo y normalizado con los responsables de tales redes para señalar estas irregularidades y obtener la supresión del contenido, así como obtener información relativa a los responsables de las infracciones. A continuación figuran algunos ejemplos de prácticas detectadas:
- estafas que afectan a pagos efectuados por los consumidores;
- trampas de suscripción: se ofrece a los consumidores la posibilidad de registrarse para una prueba gratuita, pero sin facilitarles información clara y suficiente;
- comercialización de productos falsificados;
- promociones ficticias tales como: «gane un teléfono inteligente por un euro», que han proliferado en las redes sociales y en realidad consistían en un concurso, pero que implicaba una subscripción a largo plazo oculta, con un coste de varios centenares de euros al año
El creciente uso de las las redes sociales, requiere que el consumidor pueda hacer valer sus derechos antes y después de su contratación, haciéndose necesario en muchas ocasiones contar con el asesoramiento jurídico especializado en esta materia. Contacta con Mateas Abogados, despacho de abogados de referencia en el sector de las telecomunicaciones y economía digital, para contar con el asesoramiento jurídico de abogados especialistas.