Derecho al cambio de suministrador energético

10/02/2017

El Real Decreto 1435/2002 de 27 de diciembre regula las condiciones de los contratos de adquisición de energía y el acceso a las redes de baja tensión. Esta norma establece que “Con carácter general, los contratos de suministro de energía en baja tensión celebrados entre los comercializadores y consumidores tendrán una duración máxima de un año, pudiéndose prorrogar tácitamente por períodos de la misma duración” y que el “consumidor” tiene derecho a rescindir las prórrogas de estos contratos sin que proceda cargo alguno en concepto de penalización por rescisión de contrato. Si la rescisión a instancias del consumidor se produce antes del primer año (esto es, no en período de prórroga) es posible la aplicación de una penalización hasta un máximo establecido por la normativa sectorial pero siempre que se hayan producido daños al suministrador.

Abogados Especialistas Energías Renovables

En Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas en energías renovables y derechos de los consumidores del sector energético, nos hacemos eco de una resolución de enero de 2017 en la que el regulador sectorial, CNMC, sanciona a EDP por infracción el anterior precepto en sus contratos de suministro de electricidad de baja tensión con empresas, ha consignado con claridad que:

  1. esta norma constituye una medida básica de protección al consumidor puesto que permite la libre elección de suministrador; y
  2. las condiciones básicas de protección al consumidor de energía eléctrica recogidas en el Real Decreto 1435/2002 aplican a cualquier persona física o jurídica que adquiere energía eléctrica en baja tensión, con independencia de la potencia contratada y del volumen de energía consumida

El incumplimiento por distribuidoras y comercializadoras de las medidas establecidas por la normativa sectorial para la protección del consumidor energético (incluidas las empresas) está tipificado como infracción grave por la Ley del Sector Eléctrico, y es susceptible de ser sancionado con multa de hasta 6 millones de euros.

Desde Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas en energías renovables y derechos de los consumidores del sector energético, queremos recordar por un lado que es imprescindible conocer tus derechos, ya sea como particular o empresa, y por otro, la importancia de contar con los adecuados asesores legales y defensa jurídica en energías renovables, y como en el caso de las telecomunicaciones, no solo cuando surge el problema, sino en el momento de la contratación, velando por tus derechos e intereses desde el primer momento y protegiéndote frente a posibles problemas futuros.

Contacta con Mateas Abogados, despacho de abogados internacionales especialistas en energías renovables y derechos de los consumidores del sector energético.


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