El Tribunal Constitucional anula las tasas judiciales.

09/08/2016

Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas en telecomunicaciones, energías renovables y derecho digital y tecnológico entre otras áreas, se hace eco, por su extraordinaria relevancia, de la sentencia de nuestro Tribunal Constitucional de 29 de julio de 2016 que, por unanimidad, ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. El Alto Tribunal ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas fijadas tanto para el acceso a la jurisdicción como para la interposición de recursos. Las tasas afectadas son sólo las exigidas a las personas jurídicas, ya que una reforma anterior eximió del pago de las mismas a las personas físicas.

En concreto, el Tribunal anula los incisos del art. 7.1 de la ley que prevén las siguientes cuotas fijas: 1) la de 200 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo abreviado y la de 350 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo ordinario; 2) la de 800 euros para promover recurso de apelación y de 1.200 euros para los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, en el orden civil; 3) la de 800 euros para el recurso de apelación y 1.200 euros para el recurso de casación en cualquiera de sus modalidades, en el orden contencioso-administrativo; 4) así como también la nulidad de la tasa de 500 euros para el recurso de suplicación y 750 para el de casación en cualquiera de sus modalidades, ambos del orden social. También ha sido declarado inconstitucional el art. 7.2, que impone una cuota variable cuya cuantía será la que resulte de aplicar al valor económico del litigio el tipo de gravamen que corresponda, según la siguiente escala: de 0 a 1.000.000€, 0,5%; el resto, un tipo porcentual del 0,25., hasta el máximo variable de 10.000€.

El Tribunal Constitucional considera que el establecimiento de tasas para el ejercicio de acciones judiciales en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social no vulnera, en sí mismo, el derecho fundamental de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva (consagrado por el artículo 24.1 Constitución Española, CE), pero su cuantía resulta desproporcionada y puede producir un efecto disuasorio en los ciudadanos a la hora de acudir a los Tribunales de Justicia en el ejercicio de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Los fines perseguidos por la ley recurrida, afirma la sentencia, son constitucionalmente legítimos, pero ello no puede suponer la implantación de unas tasas excesivas que imposibiliten el acceso a la Justicia. Por otra parte, la medida no es idónea para conseguir la finalidad de acabar con los recursos abusivos. De hecho, al tratarse de un sistema de tasas en el que todos pagan lo mismo, su objetivo de prevenir o disuadir de la interposición de recursos abusivos “se diluye para todo aquel que dispone de medios económicos suficientes”; y, sin embargo, “perjudica (...) al justiciable que ejercita correctamente su derecho a recurrir (…)”.

El Tribunal aclara que, en virtud del principio de seguridad jurídica, la declaración de nulidad de las tasas sólo producirá efectos “pro futuro”, esto es, en relación con nuevos supuestos o con los procedimientos donde no haya recaído una resolución firme.

Mateas Abogados, en su práctica jurídica de asesoramiento a empresas de todo tipo, ya sea en la regulación sobre telecomunicaciones, la defensa jurídica en energías renovables o el derecho digital y la competencia desleal, por citar algunas áreas de actuación, ha podido experimentar cómo las tasas han supuesto un obstáculo insalvable a veces, e inhibidor en muchos casos, del acceso a la jurisdicción para las pequeñas y medianas empresas en relación con pretensiones absolutamente legítimas y, en consecuencia, nos congratulamos por esta decisión del Tribunal Constitucional.

Con más de 20 años de experiencia, Mateas Abogados es referencia en defensa legal y asesoramiento jurídico frente a abusos de operadoras de telefonía e internet para empresas y particulares, así como despacho de abogados experto en regulación de telecomunicaciones, derecho de la competencia, tecnología y energías renovables, entre otros campos. Contacta con nosotros.


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